Comienzo del escrutinio general por las Juntas Electorales Provinciales.
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Día 29 de mayo. |
Finalización del escrutinio general.
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No más tarde del día 1 de junio. |
Presentación de reclamaciones y protestas en relación con las incidencias recogidas en las actas de sesión de las mesas electorales o en el acta de la sesión de escrutinio de la Junta Electoral.
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Dependerá de la fecha de conclusión del escrutinio.
Si el escrutinio finaliza el mismo día 29 de mayo, el plazo para la presentación de reclamaciones y protestas concluirá el día 30 de mayo. |
La Junta Electoral Provincial resuelve sobre las reclamaciones y protestas presentadas y comunica dicha resolución a los representantes y apoderados de las candidaturas.
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Si el escrutinio finaliza el mismo día 29 de mayo y las reclamaciones y protestas se presentan el día 30 de mayo, el plazo para resolver por la correspondiente Junta Electoral Provincial concluirá el día 31 de mayo de 2019. |
Los representantes y apoderados generales de las candidaturas pueden recurrir ante la Junta Electoral Provincial la resolución a la que se refiere el apartado anterior.
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Dependerá de la fecha de comunicación de la resolución.
Si se comunica el mismo día 31 de mayo, el recurso se podrá interponer hasta el día 1 de junio de 2019. |
En el caso de que se haya interpuesto el recurso al que se refiere el apartado anterior, la Junta Electoral Provincial debe remitir el expediente, con su informe, a la Junta Electoral de Aragón y notificar, inmediatamente después de su cumplimiento, a los representantes de las candidaturas concurrentes en la circunscripción, la resolución que ordena la remisión del expediente, emplazándoles para que puedan comparecer ante esta Junta Electoral autonómica.
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- Artículo 108.3 de la LOREG.
- (El día siguiente al de la interposición del recurso al que se refiere el apartado anterior).
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Si el recurso se interpone el día 1 de junio, la remisión del expediente se realizará el día 2 de junio de 2019. |
Comparecencia ante la Junta Electoral de Aragón de los representantes de las candidaturas concurrentes en la circunscripción en la que se ha interpuesto el recurso.
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Si el emplazamiento se realiza el día 2 de junio, la comparecencia ante la Junta Electoral de Aragón deberá producirse el día 3 de junio. |
Audiencia de las partes de la Junta Electoral de Aragón.
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La audiencia podría tener lugar entre los días 4 y 5 de junio. |
Resolución del recurso por la Junta Electoral de Aragón y traslado de dicha resolución a la Junta Electoral Provincial correspondiente para que efectúe la proclamación de electos.
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Podría ser el día 6 de junio. |
Proclamación de electos por las Juntas Electorales Provinciales.
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Si el escrutinio se realiza en un solo día y no hay reclamaciones ni protestas referidas a incidencias recogidas en las actas de sesión de las mesas electorales o en el acta de la sesión de escrutinio de las Juntas Electorales Provinciales, la proclamación tendrá lugar el día 31 mayo.
Si hubiera reclamaciones y protestas, y contra la resolución de las mismas por la Junta Electoral Provincial no se interpusiera recurso, la proclamación tendrá lugar el día 2 de junio.
Si se interpuesiera recurso, la proclamación podría tener lugar los días 7 u 8 de junio. |