Los partidos y las federaciones que establezcan un pacto de coalición para concurrir conjuntamente a las elecciones deben comunicarlo a la Junta Electoral de Aragón.
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Entre los días 5 y 14 de abril. |
Presentación de las candidaturas ante la Junta Electoral Provincial correspondiente, y designación de los administradores electorales provinciales
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Entre los días 19 y 24 de abril. |
Publicación en el Boletín Oficial de Aragón y en el Boletín Oficial de la Provincia de las candidaturas presentadas, y exposición de las correspondienteLoss a cada circunscripción electoral en los locales de las Juntas Electorales Provinciales.
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El día 26 de abril. |
Comunicación por las Juntas Electorales Provinciales a los respresentantes de las candidaturas de las irregularidades apreciadas en ellas.
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El día 28 de abril. |
Plazo para la subsanación de las irregularidades apreciadas en las candidaturas.
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Hasta el día 30 de abril. |
Proclamación de los candidatos por las Juntas Electorales Provinciales.
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El día 1 de mayo. |
Publicación en el Boletín Oficial de Aragón de las candidaturas proclamadas y exposición de las de cada circunscripción en los locales de las respectivas Juntas Electorales Provinciales.
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El día 2 de mayo. |
Interposición de recurso contra los acuerdos de proclamación de los candidatos, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
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- Artículo 49.4 LOREG.
- (En el plazo de dos días desde la notificación de la resolución del recurso contencioso-administrativo)
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Dependerá de la fecha de notificación de la resolución judicial del recurso. |
Resolución judicial del recurso contra los acuerdos de proclamación de candidatos.
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Hasta el día 6 de mayo.
Dependerá de la fecha de interposición del recurso. |
Interposición de recurso de amparo frente a la resolución del recurso contencioso-administrativo contra los acuerdos de proclamación de candidatos.
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Dependerá de la fecha de notificación de la resolución judicial del recurso. |
Resolución del recurso de amparo por el Tribunal Constitucional.
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Dependerá de la fecha de interposición del recurso de amparo. |
Interposición de recurso contra la proclamación de candidaturas, en el caso de que, durante la campaña electoral, las partes legistimadas para interponerlo tengan conocimiento de circunstancias que, con arreglo al artículo 44.4 de la LOREG, impidan la presentación de candidaturas.
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- Artículo 49.5, c) de la LOREG.
- (Hasta el cuadragésimo cuarto día posterior a la convocatoria)
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Hasta el 18 de mayo.
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Resolución por la Sala Especial del Tribunal Supremo del recurso previsto en el apartado anterior.
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- Artículo 49.5, c) de la LOREG.
- (Dentro del tercer día a partir de la interposición)
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Dependerá de la fecha de a interposición del mencionado recurso. La fecha límite sería el día 21 de mayo. |