NO FUNCIONA FONT RESIZE Cortes de Aragón: Propaganda y actos de campaña electoral
6 de diciembre de 2023
Propaganda y actos de campaña electoral
Actividad Normativa Fecha/s
Comunicación por los ayuntamientos a la correspondiente Junta Electoral de Zona de los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas.
Entre los días 5 y 11 de abril.
Comunicación por los ayuntamientos a la correspondiente Junta Electoral de Zona, que, a su vez, lo pone en conocimiento de la correspondiente Junta Electoral Provincial, de los locales oficiales y lugares públicos que se reserven para la realización gratuita de actos de compañía electoral.
Entre los días 5 y 14 de abril.
Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la relación de locales oficiales y lugares públicos para la realización gratuita de actos de propaganda electoral.
A partir de entonces, los representantes de las candidaturas pueden solicitar ante las Juntas Electorales de Zona la utilización de los locales y lugares mencionados.
Entre los días 5 y 19 de abril. Hasta el día 4 de mayo, ya que las Juntas Electoral de Zona atribuyen dichos locales el día 5 de mayo.
Las Juntas Electorales de Zona comunican al representante de cada candidatura los lugares reservados para sus carteles.
El día 3 de mayo.
Las Juntas Electorales de Zona atribuyen los locales y lugares disponibles para la realización gratuita de actos de campaña electoral.
El día 5 de mayo.
Prohibición de cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.
  • Artículo 50.1 de la LOREG.
  • (Desde la convocatoria de las elecciones hasta la celebración de las mismas)
Iniciación de la campaña electoral.
El día 12 de mayo.
Prohibición de publicación y difusión de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación
Desde el día 23 de mayo, inclusive.
Finalización de la campaña electoral.
A las 0,00 horas del día 27 de mayo.
Prohibición de realización de publicidad o propaganda electoral electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales.
  • Artículo 53 de la LOREG.
  • (Desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña electoral y una vez que esta haya legalmente terminado)
Desde el día 4 de abril hasta las 0,00 horas del día 12 de mayo. Los días 27 y 28 de mayo.