- STC 48/2003, de 12 de marzo. Recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno Vasco contra diversos preceptos de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de partidos políticos.
- STC 5/2004, de 16 de enero. Recurso de amparo promovido por Batasuna frente a la Sentencia de la Sala Especial del artículo 61 LOPJ del Tribunal Supremo que decretó su ilegalización.
- STC 6/2004, de 16 de enero. Recurso de amparo promovido por Herri Batasuna frente a la Sentencia de la Sala Especial del artículo 61 LOPJ del Tribunal Supremo que decretó su ilegalización.
- STC 31/2009, de 29 de enero. Recurso de amparo 8424-2008. Promovido por Eusko Abertzale Ekintza/Acción Nacionalista Vasca (EAE/ANV) frente a la Sentencia de la Sala Especial del art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo que declararon su ilegalidad y disolución como partido político. Supuesta vulneración del derecho de asociación y a la libertad ideológica y de expresión: disolución de un partido político con un fin legítimo y fundada en pruebas de actos y conductas singulares que acreditan su compromiso con el terrorismo (SSTC 48/2003 y 5/2004).
- STS (Sala 3.ª) de 27 de diciembre de 2007. Recurso de casación número 8.036/2004. La denominación de un partido político no es necesario que se someta a comparación con las agrupaciones de electores inscritas con anterioridad, toda vez que las mismas tienen un carácter meramente temporal.
- STS (Sala Tercera, Sección 7.ª) número 994/2016, de 5 de mayo. Recurso contencioso-administrativo número 676/2015. PARTIDOS POLÍTICOS. Anulación de la sanción impuesta a una formación política por recibir donaciones anónimas. Determinación del plazo de prescripción aplicable a la infracción. La Ley de Financiación de los Partidos Políticos en su redacción original, vigente al tiempo de producirse los hechos, no regulaba ni el nivel de gravedad ni el plazo de prescripción de las infracciones, por lo que debe aplicarse por analogía el plazo de seis meses establecido en la Ley 30/1992 para las infracciones administrativas leves. Las exigencias del principio de tipicidad impiden la aplicación del plazo de cuatro años introducido en la Ley de Financiación de los Partidos Políticos por la reforma de 2012, posterior al tiempo en que ocurrieron los hechos. VOTO PARTICULAR.
- STSJ de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administración) número 786/2018, de 10 de diciembre. Recurso número 836/2017 contra la denegación de la inscripción en el Registro de Partidos Políticos del partido político EN MAREA PODEMOS.